Un hecho lamentable de violencia contra una mujer protagonizó por un achaíno es el que prontamente espera culminar trámite en el Juzgado de Garantía de Puerto Montt luego que la fiscal adjunto de la capital regional decidiera llevar adelante un requerimiento de procedimiento simplificado el próximo 10 de mayo.
Segpun antecedentes judiciales, el Ministerio Público de Puerto Montt indica que los hechos habrían ocurrido la noche del 8 de agosto de 2018, cuando la víctima E.M. fue objeto de tocaciones y una agresión al interior (y fuera) de un vehículo ue transitaba por calle Egaña, a la altura del Liceo Industrial de la capital regional. Uno de los presuntos implicados fue el conductor del móvil, un joven residente en isla Llingua, comuna de Quinchao, mientras que el otro no pudo ser identificado dado que el único imputado aún no ha revelado quién es.
El incidente se dio cuando la aludida fue “invitada” a mirar por el sunroof (ventana del techo del auto), momento en el cual el conductor P.A.M.M. (21 años) en compañía de un tercero procedieron a manosear los senos de la joven.
Producto de estas tocaciones la víctima descendió del vehículo y mientras increpaba al achaíno y al otro acompañante que iba sentado en el asiento del copiloto, este último, intencionalmente, subió el vidrio del vehículo dejando atrapada la manga de la chaqueta de la víctima, situación que fue percibida y aprovechadas por el conductor quién puso en movimiento el vehículo, provocando que la víctima cayera al suelo y fuese arrastrada producto del avance del auto por la calle.
Lo ocurrido no fue tomado a la ligera por la Fiscalía local, que decidió formalizar a P.A.M.M. como autor en grado de consumado del delito de ultraje público al pudor y buenas costumbres, previsto y sancionado en el artículo 373 del Código Penal, sumándose la falta consumada de lesiones leves, prevista y sancionada en el artículo 494 n.°5 del Código Penal, cabiéndole al aludido participación en calidad de autor, luego que la joven constatara heridas en el hospital puertomontino. La víctima y el agresor serían parientes.
Fuente: La Opinión de Chiloé
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