Desechando de plano la teoría de la legítima defensa y por unanimidad, el Tribunal Oral en lo Penal de Castro condenó ayer a un sujeto como autor del homicidio de un joven, al interior de un domicilio de Chonchi. Una resolución que fue valorada por la familia de la víctima y los acusadores, quienes insistieron en su pretensión de conseguir una pena de 12 años de cárcel para el delincuente. Enfatizando que actuó con “ánimo de dar muerte”, la sala presidida por el magistrado Patricio Carrasco, acreditó la responsabilidad del transportista F.S.A.A. (31) en las reiteradas agresiones con cuchillo contra el joven identificado como S.G.M.C. (25), exponiendo que le costaron la vida por un “trauma penetrante torácico múltiple”. Más de 18 lesiones cortopunzantes recibió el afectado aquella madrugada del 23 de septiembre del 2023 en la casa ubicada en calle Ciriaco Álvarez. Incluso, dos estocadas le perforaron un pulmón y el corazón. Para llegar a este dictamen, los sentenciadores relevaron los antecedentes entregados por la Agrupación de Homicidios de Chiloé que indagó el caso, como también las versiones de 4 testigos de contexto que se complementaron con evidencia pericial y las conclusiones del tanatólogo Fernando Tapia del Servicio Médico Legal (SML) de Castro. A su vez, los jueces sostuvieron su rechazo a la eximente aduciendo que no hubo una agresión ilegítima previa, más allá de la irrupción violenta de la víctima en el domicilio, supuestamente impulsado por los celos al encontrar a su ex polola con el imputado. Tampoco se cumplió el requisito del uso racional del medio empleado en la supuesta defensa, especialmente por la desproporción del ataque armado sufrido. El veredicto fue relevado por el fiscal Enrique Canales, quien instruyó la indagatoria, al desestimarse la teoría d e l e g í t i m a d e f e n s a, l cual sí fue considerada al momento d escartarse l prisión preventiva dl encartad , quien enfrentó l juicio oral n arresto domiciliario total. La defensa planteaba qu l víctima ingresó al domicilio cn ánimo d agrdir al imputad , quien cm única defns , lo único posible q podía hacer era drle muert . No obstante , cn ls diligencias policiales s dsch esa teoría al determinars q no había elementos pr probar pr qué s tuvo q defendr , d qué s defendi ó cóm s defendi ól imputad , explicól persecutor . A su vez,l abogdo sostuvo ql audiencia ls jueces apreciron d manera directa ls medios probatorios expuestos , valorando lainformación dl ls testigos,l policíay especialmentelas pruebas periciales dl SML,l cuales fuerondeterminantes paradesestimar laversióndlacusado, sobrelas supuestas actuaciones defensivas ql realizóa enfrentarseconlavíctima. Porsu parte,L Andrés Firmani,q interviene cm querellanteenlacausaen representaciódlos padresdlavíctimafatal,junto condstacarldictamen ratificól petición d12 añosd cárcelparael hoycondenad o. Fuente: SoyChile Chiloe
Desechando de plano la teoría de la legítima defensa y por unanimidad, el Tribunal Oral en lo Penal de Castro condenó ayer a un sujeto como autor del homicidio de un joven, al interior de un domicilio de Chonchi. Una resolución que fue valorada por la familia de la víctima y los acusadores, quienes insistieron en su pretensión de conseguir una pena de 12 años de cárcel para el delincuente. Enfatizando que actuó con “ánimo de dar muerte”, la sala presidida por el magistrado Patricio Carrasco, acreditó la responsabilidad del transportista F.S.A.A. (31) en las reiteradas agresiones con cuchillo contra el joven identificado como S.G.M.C. (25), exponiendo que le costaron la vida por un “trauma penetrante torácico múltiple”. Más de 18 lesiones cortopunzantes recibió el afectado aquella madrugada del 23 de septiembre del 2023 en la casa ubicada en calle Ciriaco Álvarez. Incluso, dos estocadas le perforaron un pulmón y el corazón. Para llegar a este dictamen, los sentenciadores relevaron los antecedentes entregados por la Agrupación de Homicidios de Chiloé que indagó el caso, como también las versiones de 4 testigos de contexto que se complementaron con evidencia pericial y las conclusiones del tanatólogo Fernando Tapia del Servicio Médico Legal (SML) de Castro. A su vez, los jueces sostuvieron su rechazo a la eximente aduciendo que no hubo una agresión ilegítima previa, más allá de la irrupción violenta de la víctima en el domicilio, supuestamente impulsado por los celos al encontrar a su ex polola con el imputado. Tampoco se cumplió el requisito del uso racional del medio empleado en la supuesta defensa, especialmente por la desproporción del ataque armado sufrido. El veredicto fue relevado por el fiscal Enrique Canales, quien instruyó la indagatoria, al desestimarse la teoría d e l e g í t i m a d e f e n s a, l cual sí fue considerada al momento d escartarse l prisión preventiva dl encartad , quien enfrentó l juicio oral n arresto domiciliario total. La defensa planteaba qu l víctima ingresó al domicilio cn ánimo d agrdir al imputad , quien cm única defns , lo único posible q podía hacer era drle muert . No obstante , cn ls diligencias policiales s dsch esa teoría al determinars q no había elementos pr probar pr qué s tuvo q defendr , d qué s defendi ó cóm s defendi ól imputad , explicól persecutor . A su vez,l abogdo sostuvo ql audiencia ls jueces apreciron d manera directa ls medios probatorios expuestos , valorando lainformación dl ls testigos,l policíay especialmentelas pruebas periciales dl SML,l cuales fuerondeterminantes paradesestimar laversióndlacusado, sobrelas supuestas actuaciones defensivas ql realizóa enfrentarseconlavíctima. Porsu parte,L Andrés Firmani,q interviene cm querellanteenlacausaen representaciódlos padresdlavíctimafatal,junto condstacarldictamen ratificól petición d12 añosd cárcelparael hoycondenad o. Fuente: SoyChile Chiloe