Por 7 votos a favor, uno en contra y 4 abstenciones, la Comisión de Medio Ambiente de la cámara baja aprobó una indicación para prohibir la extracción de materiales o productos desde turberas, así como la extracción, explotación y comercialización del musgo sphagnum, conocido como pompón.
Se trata de una iniciativa que el diputado Gabriel Ascencio viene trabajando desde hace un tiempo, que cuenta con un alto respaldo de las comunidades rurales de Chiloé, de organizaciones medioambientales y científicas, que ven en la protección de las turberas y del pompón en particular, así como de su repoblamiento y recuperación, una necesidad vital para proteger el agua y la diversidad en el territorio.
“La Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados dio un paso muy importante para ocuparnos de los reservorios de agua que tiene Chiloé y prohibir la extracción, comercialización, exportación e importación del musgo sphagnum o pompón y luego del trabajo que he realizado en el Congreso y en la comisión, me tocó defenderlo y la discusión fundamental, a lo menos para mí, se centra en que es de vital importancia que nosotros cuidemos los reservorios de agua, pues Chiloé se puede quedar sin agua si nosotros no hacemos algo y el agua y los reservorios están en muchos lugares, pero especialmente en el pompón, que es un reservorio natural que junta agua que luego es usada por la gente”.
“La verdad es que hasta ahora tenemos una explotación indiscriminada de los pomponales, de las turberas y hay que ponerle fin a eso. Se ha dado un paso importante y este proyecto se va a seguir tramitado en la comisión en las próximas dos semanas y seguramente en agosto lo vamos a tener en la sala y así como hoy día defendí que se prohíba la extracción y comercialización de la turba y el pompón, lo voy a defender en la sala de los diputados”.
Además de prohibir la extracción de materiales o productos desde turberas, así como la extracción, explotación y comercialización del pompón, la indicación que defendió el diputado Ascencio y que fue aprobada este miércoles por la Comisión del Medio Ambiente, establece que el incumplimiento de la prohibición constituirá una infracción a la protección y conservación de los recursos naturales, que será sancionado por el Servicio Agrícola y Ganadero, con multas que van desde las 10 a 1000 Unidades Tributarias Mensuales.
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