Por su responsabilidad en este delito, el condenado arriesga una pena de 10 años de presidio. El fallo lo espera en libertad.
El sujeto de iniciales E.A.T.T. (39) arriesga una pena de 10 años de cárcel por su autoría en la violación de una estudiante, perpetrada el 26 de septiembre del 2013, al interior de una cabaña emplazada en calle Manuel Rodríguez.
La sala presidida por el magistrado Claudio Ayala dictó su veredicto condenatorio, dando cuenta que el encartado tomó a la fuerza a la víctima, quien pese a resistirse no pudo evitar la agresión sexual. Incluso, la niña que apenas se empinaba por los 12 años fue amenazada de muerte.
El impacto de este ultraje como el daño sufrido por la afectada influyó en la tardía develación. Solamente un año después de cometido el ilícito, la isleña contó lo sucedido en su colegio. Pero con estos datos no se inició la indagatoria. Otros dos años pasaron para que sus padres materializaran la denuncia y activar los procedimientos de rigor.
Toda esta demora influyó en que los informes sexológicos no arrojaran mayores pruebas sobre este delito. Como especificó el fiscal de la causa, Enrique Canales, «no existían evidencias físicas respecto a este ilícito».
Esto se constituyó en una barrera indagatoria, en especial por este tipo de casos, donde las agresiones se sustentan a través de informes médico-periciales. Sin embargo, las pesquisas continuaron hasta llegar al juicio oral. Y en esta instancia, el valiente y extenso relato de la hoy adolescente primó en esta resolución.
Declaración
Así lo destacó el persecutor, explicando que la víctima prestó una declaración de más de dos horas en la sala especial del tribunal.
«Fue un testimonio muy fuerte, con detalles que lograron ser corroborados con otras pesquisas y declaraciones de cercanos. Su intervención fue contundente, mostró coherencia y una persistencia relevante», aclaró el abogado.
Este escenario también fue resaltado por la querellante, Karen Gómez, del Programa Reparación y Justicia, sumando que ante la falta de un informe sexológico sustancial, puesto que al ser sometida al peritaje la estudiante ya había iniciado su vida sexual, su versión cobra una mayor importancia.
«El testimonio de ella fue vital, contundente y concordante con el resto de la información vertida en la audiencia. No hubo contradicción entre todas estas declaraciones. Es más, la evidencia testimonial compensó la falta del informe (sexológico)», sostuvo la jurista.
Los acusadores invocaron una pena de 10 años de presidio. Eso sí, la querellante debió rebajar su pretensión inicial de 12 años de cárcel al no ser acogidas por los sentenciadores las agravantes de la alevosía y el abuso de confianza.
Por su parte, la defensa representada por el abogado Andrés Firmani, en el comienzo del juicio solicitó la absolución por una eventual insuficiencia probatoria. Tras el veredicto invocó una pena de 5 años y un día de presidio. En definitiva, el fallo de los jueces se conocerá este martes 11 en el tribunal de Castro Alto.
Fuente: La Estrella de Chiloé
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